sábado, 26 de enero de 2008

Acuíferos Guaraní, Raigón y otros ¿Sequías en nuestro País?

Publicación del Area de Comunicaciones de Vanguardia Batllista .-URUGUAY.- Dirección: Dr.Alberto Scavarelli

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[26 Jan 08] :: ARTICULO DE OPINION.- ACUÍFEROS GUARANÍ, RAIGÓN Y OTROS - ¿SEQUÍAS EN EL URUGUAY?

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Columnista de OPINIONES DE VANGUARDIA

Por José TRIGO


En este artículo daré mi explicación del porque no puede haber sequías en nuestro país.

Cuando era pequeño hace ya bastantes años, acompañaba a mis padres que tenían una casita en el Balneario San Luis ( 65 Km . de Montevideo), en ese momento la Compañía de ómnibus se llamaba Los Titanes- La Tuna , uno de los dos ómnibus tenia una antigua perdida en el radiador (por ello tenía el sobrenombre del Toma-agua), y era por esa razón que en cada arroyo que cruzábamos el guarda bajaba con una damajuana de 10 litros y llenaba el radiador, y así continuábamos, para no aburrir al lector, creo no equivocarme, pero esa rutina se realizaba no menos de cinco veces, en el viaje.


Cuando estudie lo que estudie, pude tener mapas orográfico-hidrográfico del país, y entonces, nunca más me pude quitar la idea de que en esta tierra, pudiera haber sequías.

Perdón, pero a veces ser gráfico deja mucho más claro el porque de la forma de pensar.

El Uruguay está lleno de cursos de agua grandes, medianos, pequeños y cañadas, todas llevan agua, lagunas naturales que no se utilizan para nada, peor aún la Laguna Negra fue y es drenada por el canal Andrioni que produjo la pérdida inicial de su volumen, así se ganaron tierras para plantar (horror), además del efecto secundario de estropear gran parte de la playa oceánica de La Coronilla.

El riego en nuestro país se realiza en un alto porcentaje por el sistema de aguas superficiales o sea sacado con bombas de ríos, arroyos etc...

Sin embargo tenemos acuíferos que lo llamaremos por el nombre del departamento donde están, aunque en realidad casi todos son uno solo.
Los principales acuíferos que presentan buena condiciones para su explotación y calidad de aguas son: Tacuarembó, San José “Raigón”, Salto y Mercedes. El primero, situado en la parte N-NW, es el más importante del país en extensión (aproximadamente 4 200 000 ha ), aunque la profundidad a la que se encuentra, que supera en general los 500 m ,

El acuífero Mercedes se emplea poco aunque tendría un muy buen potencial.

Por tanto el riego en Uruguay depende fundamentalmente de los recursos hídricos superficiales; la variación frecuente en los caudales y niveles de agua de los ríos hace que sean necesarias obras de almacenamiento y regulación o sistemas de bombeo de plataforma elevada para asegurar el suministro de agua.


En Uruguay existe un Código de Aguas (Ley 14 859 del 78) y la Ley de Declaración de interés general del riego con destino agrario, sin perjuicio de otros usos legítimos.

El Código de Aguas - Ley 14859 del 15 de diciembre de 1978 – regula el aprovechamiento y uso de las aguas a nivel nacional.
El Poder Ejecutivo es la autoridad nacional en materia de aguas. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) a través de la Dirección Nacional de Hidrografía (DNH), realiza por mandato legal, la supervisión, vigilancia y regulación, de todas las actividades y obras públicas o privadas relativas al estudio, captación, uso, conservación y evacuación de las aguas tanto del dominio público como privado. A tal fin establece las especificaciones técnicas que deberán satisfacer las observaciones, labores, obras y servicios.
El Código de Aguas también asignó al MTOP una serie de actividades que están en directa relación con las tareas del Servicio Hidrológico Nacional. Entre ellas se destacan:
- (art. 7) "El inventario actualizado de los recursos hídricos del país, en el cual se registrará su ubicación, volumen, aforos, niveles, calidad, grado de aprovechamiento y demás datos técnicos pertinentes."
- (art. 4) "El establecimiento de especificaciones para observaciones y mediciones."
En síntesis el subsuelo del país es del Estado Uruguayo, o sea que para perforar, hay que pedir permiso, habiendo Instituciones mandatadas por la Ley.

En síntesis, es obligación del Estado no sólo controlar sino realizar las tareas que se requieran a efectos de que en este país el que nada en una enorme cantidad de agua, no sufra más sequías o por lo menos no sean tan desastrosas.

Es lo mismo arriba como abajo, en el primer caso debemos intentar probar con la Energía Eólica , en el segundo perforar pozos de propiedad del Estado que se utilicen cuando este considere necesario.

Comencé marcando que ésta es mi humilde opinión, y termino trasmitiendo que debemos comenzar ya, porque si no “camarón que se duerme, lo lleva la corriente”.




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posted on 26 Jan 08 @ 02:19 back to news

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